Las mujeres podrían ir a la cárcel por revisarle el celular a su pareja

Existen parejas que confían total y plenamente pero otras que no pierden oportunidad para checarle todo a su pareja y como dicen por ahí ¨el que busca, encuentra¨ y efectivamente, estas mujeres que optan por revisar el celular de su pareja sin su consentimiento podrían encontrar la cárcel por 2 a 4 años, debido a que se ha de considerar un delito cibernético, mismo que es penalizado con cárcel ya que se considera un delito que lesiona los derechos de los demás según la Ley 9048 de Delitos Informáticos que está dentro del Código Penal. ¿Lo has hecho alguna vez?



Muchas personas aún no toman conciencia y debido a que lo ven como una acción ¨inofensiva¨ continúan haciendo, ignorando que en realidad están cometiendo un delito que pudiese terminar con su libertad, además, la sociedad está más preocupada por su apariencia física hoy en día que no se entera de lo que aqueja el mundo digital, asegura Roberto Leimatre, especialista en Delitos Informáticos.

El Artículo 196 del Código Penal establece lo siguiente y como muchos estamos más preocupados por otras cuestiones, ignoramos y terminamos violando la ley, ejemplificó Leimatre:

Artículo 196 bis.- Violación de datos personales. Será sancionado con pena de prisión de uno a tres años quien en beneficio propio o de un tercero, con peligro o daño para la intimidad o privacidad y sin la autorización del titular de los datos, se apodere, modifique, interfiera, acceda, copie, transmita, publique, difunda, recopile, inutilice, intercepte, retenga, venda, compre, desvíe para un fin distinto para el que fueron recolectados o dé un tratamiento no autorizado a las imágenes o datos de una persona física o jurídica almacenados en sistemas o redes informáticas o telemáticas, o en contenedores electrónicos, ópticos o magnéticos”.


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En muchas ocasiones cuando la inseguridad se apodera de una relación, lo principal es revisar conversaciones, redes sociales y claro, el celular y siempre sin permiso por aquello de evitar ¨problemas¨ cuando el problema más grande se lo están buscando al hacer dichas acciones pero no con la pareja si no con la justicia.

Se considera ¨violación de comunicaciones¨ cuando se accede a un móvil para revisar algo sin el consentimiento del otro aun cuando sea el novio o el esposo, expuso el experto.
Aunque la pareja esté en matrimonio, es considerado un delito sin excepción y con una pena de dos a cuatro años de prisión. De igual manera, revisar los archivos en la computadora de un compañero de trabajo podría ser motivo de prisión de uno a tres años si esté no dio autorización. Se contempla como delito según la Ley 9048. Se explicó que esto se debe a que, con la demanda de las redes sociales más personas optan por hacer perfiles falsos y denigrar a las personas y aunque en ocasiones parezca una inofensiva ¨broma¨, en la mayoría de las ocasiones termina acabando con la reputación de una persona.


Lo mejor es confiar, y si no confías ¿qué caso tiene continuar en una relación así? Ahora que ya lo sabes piénsatela más de dos veces antes de husmear en donde no te llaman. COMPARTE esta valiosa información con aquellas amigas a las que les encanta ¨indagar¨. No olvides dejar tus comentarios al respecto. 
Fuentes: debate.com.mx, nuevodiarioweb.com.ar , 


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